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Fallos: 214:454 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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mina. Las costas de esta instancia se pagarán en el orden causado en razón del resultado del recurso.

Luis R. Lowom: — Roporro G.

VaLenzueELA — Tomás D.

Casares,

MARTIN SILES
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia federal. CauNas penales, Delitos en perjuicio de los bienes y rentas de la Nación y de sua reparticiones autárquicas.

No corresponde a la justicia federal sino a la de instrucción en lo criminal de la Capital, el conocimiento del proceso sobre defraudación cometida, según el denunciante, mediante el manejo doloso de estampillas alegóricas emitidas por aquél con motivo de la Exposición Nacional de Aeronáutica realizada por exclusiva cuenta del mismo, si de los autos no resulta que el delito haya ocasionado perjuicio a la Nación.


DICTAMEN DEL Procunanor GENERAL
Suprema Corte:

Las cláusulas del contrato suscripto por el denunciante, que en copia fotográfica corre agregado de fs.

1a9, revela que Rodolfo Prando realizó por su exclusiva cuenta la "Exposición Nacional de Aeronáutica 1947", pertenecióndole los ingresos con excepción del 50 del producido de las entradas que el público debió abonar para tener acceso al lugar donde la instalara. Así se estableció en los arts. 14, 16, 17 y 18 del convenio, El depósito que debió efectuarse de los ingresos en la cuenta especial del Banco de la Nación, a la orden conjunta de las autoridades de la Secretaría de Aero

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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:454 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-214/pagina-454

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