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Fallos: 214:421 de la CSJN Argentina - Año: 1949

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 22 de agosto de 1949.

Autos y vistos: Considerando:

Que según cel art, 12 del decreto n" 15.074/43 "Los Departamentos, Direcciones u Oficinas del Trabajo, cualquiera que sca su nombre, y los organismos y scrvicios que de ellos dependen, existentes en las provincias, quedan convertidos en Delegaciones Regionales de Trabajo y Previsión. Los actuales Jefes de tales Reparticiones, seguirán al frente de las mismas como Delegados Regionales, hasta tanto disponga otra cosa el Secretario de Trabajo y Previsión".

Que los términos del artículo transcripto y los considerandos del decreto en que se hace referencia a la necesidad de asegurar sin demora, mediante la creación de la Secretaría de Trabajo y Previsión, el eficaz funcionamiento de las reparticiones encargadas de velar por el cumplimiento de las leyes obreras, ponen de manifiesto que se trata de una norma de carácter claramente operativo; de manera que los organismos provinciales del trabajo pasaron a depender de la mencionada Secretaría desde el preciso instante en que el decreto entró en vigor.

Que, por tanto, es indiferente que los hechos que han dado origen al sumario de autos, imputados a empleados de la Delegación Regional de Tucumán, hayan ocurrido con anterioridad a la fecha en que se llevó a cabo el traspaso de los materiales y elementos: que se hallaban en las oficinas del Departamento del Trabajo de dicha provincia, pues la nacionalización de esa repartición se produjo en virtud del decreto n" 15.074/43, de fecha anterior a los sucesos de referencia, sin nece

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Año: 1949, CSJN Fallos: 214:421 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-214/pagina-421

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