DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Según resulta de los autos principales, el ciudadano de la clase 1927, Joaquín del Río, produjo información sumaria ante la justicia federal para exceptuarse del servicio militar, alegando ser el único sostén de su señora madre viuda. Resuelta su gestión en forma negativa (fs. 33), afirma que el Sargento 1" de la Escuela Antiaérea, Eduardo Elías Delbene —a quien enteró de su situación—, le cobró la suma de un mil quinientos pesos nacionales para evitar su incorporación a las filas del Ejército, Por haberse declarado incompetente la justicia militar que instruyó el sumario (fs. 139), recibió lo actuado el Juez Federal de Azul, el cual adoptó análoga resolución con respecto a su fuero y pasó los antecedentes al Juez en lo Criminal y Correccional del Departamento del sud de la Provincia de Buenos Aires (fs. 144 vta.).
Ha considerado este último magistrado que los hechos origen del proceso cuen dentro de las disposiciones del art. 49 de la Ley Orgánica del Ejército n° 12.913, cuyo juzgamiento, por disposición expresa de la misma, corresponde a la justicia federal (fs. 153); y ante la insistencia del Juez de Sección en su pronunciamiento anterior (fs. 7, exp. n° 3564), ha quedado trabada la contienda negativa que debe dirimir V. E., cu virtud de lo dispuesto por el art. 9" de la ley 4055.
Como se sostiene en el dictamen de fs. 6 (exp. n' 3564), el sargento Delbene habría empleado un ardid para despojar al conscripto del dinero que éste afirma
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Año: 1948, CSJN Fallos: 212:187
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