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Fallos: 212:184 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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Por estas consideraciones, fallo: condenando a María Angé.

lica Coronel, como autora del delito previsto por el art, 197 del Código Penal, a sufrir la pena de 6 meses de prisión, pena que se deja en suspenso, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 26 del mismo Código y atentas las particularidades del caso y la edad de la procesada (causi e./ Barbieri, Nora, fallada el 30 de setiembre de 1944, confirmada el 12 de marzo de 1945) ; con costas, — Oscar D. Palma Beltrán,
SENTENCIA DE La CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, 23 de agosto de 1948.

Y vistos:

Siendo arreglada a derecho, y de acuerdo con lo resuelto por este Tribunal en el caso de Andrés Ignacio Chiappe fallado el 18 de noviembre de 1947, se confirma la sentencia de fs. 40, que condena a María Angélica Coronel, como autora del delito previsto por el art. 197 del Cód. Penal, a sufrir la pena de 6 meses de prisión, que se deja en suspenso, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 26 del mismo Código. — Agustín Nores Martínez. — José R. Irusta Cornet. — Mazimiliano Consoli,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 20 de octubre de 1948.

Vistos los autos "Igarzabal María Cristina - Den.

art. 197 Código Penal", en los que se ha concedido a fs. 58 el recurso extraordinario, Considerando:

Que esta causa ha sido resuelta por interpretación y aplicación del art, 197 del €. Penal y sobre la base de la prueba traída a los autos. Ni la apreciación de esta última ni la interpretación aludida, que lo es de una

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Año: 1948, CSJN Fallos: 212:184 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-212/pagina-184

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