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Fallos: 212:135 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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Por estos fundamentos se revoca la resolución apelada de fs. 175 vta. y se declara extinguida la multa impuesta a Carlos Lagos por infracción a las Ordenanzas de Aduana. — José R.

Trusta Cornet. — Agustín Nores Martínez. — Juan César Romero Ibarra.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 15 de octubre de 1948.

Vistos los autos "Fisco Nacional c./ Copropietarios del Diario "La Capital" s,/ Juicio Ejecutivo", en los que se ha concedido a fs. 187 el recurso extraordinario, Considerando:

Que en el presente juicio se ejecuta el cobro de una multa impuesta al diario "La Capital" de Rosario, ejecución que en presencia de lo resuelto a fs. 104 sólo podría hacerse efectiva por la cuarta parte de su importe contra cada uno de los cuatro propietarios de la empresa periodística.

Que la sentencia en recurso, en presencia del fallecimiento de uno de los ejecutados, resuelve declarar extinguida la multa que se le impuso, lo que da motivo al recurso extraordinario intentado.

Que como lo tiene declarado esta Corte en las causas "Pascual E, Santoro y José E. T. Milano, infracción a la ley 12.830" y "Fisco Nacional v. Manuel S.

Ducús s,/ cobro de pesos", falladas el 17 de setiembre y 6 de octubre ppdos., respectivamente, las normas generales del Código Penal no deben aplicarse con respecto a infracciones sancionadas por leyes especiales sino cuando esa aplicación además de estar justificada por la ausencia de las disposiciones pertinentes en

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Año: 1948, CSJN Fallos: 212:135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-212/pagina-135

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