bajas de mala calidad. Las 500 expropiadas son las mejores. En el resto —625 hectáreas— se hallan las de tierra baja. De las otras 425 dicen los peritos que en el ángulo € del plano de fs. 95 se extienden unas 340 hectáreas de campo "bastante bueno", Y en otro ángulo "contra la parte expropiada y separada del resto bueno por la parte baja no cultivable" hay otra fracción de campo "bueno" de 30 a 40 hectáreas. En razón de estas diferencias y con el procedimiento empleado en el dictamen de capitalizar la renta sobre la base del 3.90, y teniendo en cuenta que la totalidad del campo estaba arrendado a mgn. 15.00 la hectárea, si bien ello arroja un promedio de mgn. 367.47 por hectárea, llegan los peritos a estimar esta misma unidad en mén. 551,28 para lo expropiado, porque es la parte mejor del campo y se le debe adjudicar un arrendamiento de mén. 24.00 la hectárea. Pero según este cálculo del valor total del inmueble queda la suma de m$n. 138.206 para las 625 hectáreas no expropiadas, lo que da un precio unitario de m$n. 221.00 la hectárea. La extraordinaria diferencia se atribuye a que lo no expropiado es, como se dijo, lo más inferior. Pero si de las 625 heetáreas se deducen las 200 de campo malo, y se dividen los m$n. 138.206 por 495, el valor de la hectárea para el resto, que es, según los peritos, campo "°hueno"" y °hastante bueno", resulta de mén. 325. Por más que se admita una sensible superioridad en la fracción expropiada, tanto por la calidad del campo como por la proximidad al centro urbano y el acceso a los medios de comunicación, no se justifica la diferencia de mán.
26,00 en el valor de la unidad y que representa para lo expropiado un mayor valor del 70 sobre el de la misma unidad del resto del campo regularmente explotable. Si a ello se agrega que en la planilla de ven
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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:533
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