Y considerando:
Que como quiera que en la especie no existe diseusión respecto de las circunstancias de hecho de la causa sino sobre la calificación legal del producto de que trata la misma, con arreglo a lo dispuesto en el art. 1° de la ley 11.254 —119 del T. O.— y ? del Tít. VII de Ja Reglamentación General, el reenrso extraordinario ha sido bien concedido, —Conf, enusa "De Mata D.J. Imp. Internos" fallada en 14 de junio del corriente año, Que con arreglo al art. 2 del Tit. VII de la Re«dlamentación General, es requisito para la enlificación de especialidad medicinal que exista en el envase del producto alguna particularidad o indiención que susiera su aplicación para el tratamiento de determinadas enfermedades, lo que en la especie no se comprueba.
En su mérito se confirma la sentencia apelada de fs. 65 en lo que ha sido objeto de recurso extraordinario.
Tomás D. Casares — FELIPE S.
Pérez — Luis R. LonGHt — Justo L. ALVAREZ RODRÍGUEZ.
EMILIA CARMEN MONTERO DE SPINELLI
PRESCRIPCIÓN: Comienzo.
El plazo de la preseripción que establece el art. 100, ine. b).
del decreto 14.535/44 comienza a correr, con respecto a los derecho habientes de los empleados a que se refiere el art. 31 de la ley 12.581 fallecidos con anterioridad a dicho decreto, desde la fecha en que éste entró en vigencia.
Compartir
60Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1948, CSJN Fallos: 211:1187
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-211/pagina-1187
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 211 en el número: 1187 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos