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Fallos: 211:1109 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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CARLOS GARDELLA v. IMPUESTOS INTERNOS
IMPUESTOS INTERNOS: Vinos.

Es improcedente la nulidad del procedimiento administrativo fundada en la inobservancia del art. 65 de la Reglamentación General de Impuestos Internos —título VII— si los análisis respectivos no han sido impugnados en término (1).

IMPUESTOS INTERNOS: Vinos.

El hallazgo de vino fuera del local habilitado de la bodega y no anotado en los libros de la misma, autoriza la aplicación de la sanción del art. 36 de la ley n? 3764 —27 del T. 0.— a falta de prueba convincente de descargo.


ZELMIRA AROCENA DE TERRA v. COMPAÑIA DE

SEGUROS SUD AMERICA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

Son irrevisibles por medio del recurso extraordinario las conelusiones de la sentencia apelada con respecto a la interpretación de leyes comunes y del contrato de seguro en que se funda la demanda.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.

La decisión que debe pronunciar la Corte Suprema por medio del recurso extraordinario debe limitarse a la interpretación de las normas federales mencionadas en el fallo que abrió el recurso, en cuanto conciernan a lo que es objeto de la litis y de la sentencia recurrida,
OBLIGACIONES DE DAR SUMAS DE DINERO.
La ley n? 3871 no ha fijado una equivalencia legal con carácter obligatorio para todas las transacciones entre el 1) 9 de agosto de 1945,

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Año: 1948, CSJN Fallos: 211:1109 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-211/pagina-1109

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