rial del 21 de junio de 1934 se dice que el decreto del Gobierno Provisional —uno de los varios decretos atinentes a la situación del actor— no le ordenaba el desalojo de las tierras "sin la previa indemnización de las mejoras". Esas mejoras que se incorporaban a la ticrra, como ser los pozos de agua excavados, las represas, el destronque, determinaron un aumento de valor de la tierra que, al recuperarla, es justo que el Estado indemnice de acuerdo con las disposiciones de los arts.
2588 y 2590 del Código Civil, aplicables, por analogía, al presente caso.
Que para fijar la cuantía de su indemnización se carece de comprobantes de los gastos efectuados por el actor, Refiriéndose a las sumas de $ 400.000 y $ 30.000 que reclama, dice que "son de su apreciación personal, aunque concuerdan con tasaciones oficiales y quedan sujetas a las mayores o menores que resultaren de la estimación judicial que se formule" (fs. 47 vta.). Faltan igualmente elementos de juicio precisos, convincentes y concordantes para establecerla, El inventario de las mejoras levantado por el Sr, Capdevila y su avaluación en $ 387.428, bienes que constituyen para el demandante una expresión de la realidad, no la traducía de un modo cabal, si se tiene en cuenta que posteriormente, en cnero de 1935, rectificó virtualmente su cifra al firmar sin salvedad ni objeción alguna, el informe de la Comisión integrada por él y los funcionarios del Ministerio de Agricultura, ingenieros Lambardi y Schapira, estimando las mejoras en $ 47.328,15. Las pericias, a su vez, son objetables, ya que fueron practicadas sobre la base de ese inventario del Sr. Capdevila, resultando sus estimaciones, por otra parte, esencialmente teóricas por esa circunstancia, amén de su profunda discrepancia; los tres peritos valúan a fs. 374, 423 y 448 :
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:929
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