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Fallos: 210:927 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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cerlo con respecto a las mejoras, por encontrarse afectadas al embargo que junto con las máquinas y haciendas, ha trabado el Sr. Juez Letrado del Territorio en el juicio que por cobro de pesos sigue la Nación contra el Dr. Zoilo Cantón, ex ocupante de estas tierras" (fs.

404-406 del precitado expediente administrativo 10.940/ 933). Lo expuesto desvirtúa, pues, el alcance que el actor quiere atribuir al inventario y la valuación que ese empleado hiciera de los bienes en la misma fecha de su preindicado informe, Esa descripción y tasación se explican si se tiene en cuenta que el Reglamento General de Tierras las dispone como operaciones integrantes de las inspecciones habituales de los lotes agrícolas y pastoriles (arts. 472 y 473) y lo demuestran las valuaciones que de sus bienes practicaron, en oportunidades anteriores, los inspectores Sres, Figueroa y Falcioni.

Que las mejoras, exceptuando las incorporadas a la tierra, no fueron entregadas al Gobierno ni pudieron haber pasado a su poder, lo prueban: 1°) la escritura pública de venta que hizo el actor al Sr. Domingo Rossi, en noviembre de 1928, "de todas las haciendas, mejoras, implementos agrícolas, vehículos, tractores y útiles que tenía en su establecimiento", bienes que este último habría vendido en marzo 11 de 1933 al Sr. Sergio D. Romero, haciendo constar que "las mejoras del campo DE se comprenden en esta venta, pues ellas quedaron sin efecto por convenio privado celebrado con el Dr. Zoilo Cantón en fecha 12 de marzo de 1929"; y 2") su propia manifestación de que "se busca con el juicio ejecutivo del Chaco" "alcanzar la venta de todo lo embargado, propio o ajeno" "y así para cobrarse un crédito arbitrario y fantástico de cerea de $ 30.000, se embargan todas las mejoras mías tasadas dos veces cn $ 387.000 y $ 400.000, y todo lo existente en el cam

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:927 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-927

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