DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Procede la jurisdicción originaria de V. E. para conocer en este juicio promovido contra la Provincia de Buenos Aires por cuestionarse directa y fundamentalmente en la demanda la validez constitucional de la ley 5120 de aquella provincia y su deereto reglamentario Fallos: 183:160 ; 188:494 ; 192:359 ; San Martín del Tabacal S. A. vs. Salta la Provincia, noviembre 17 de 1947).
La circunstancia de haberse hecho referencia en la ampliación de fs. 38 a la invasión de atribuciones legislativas en el orden local que importaría el decreto provincial 1" 37.904, no obsta, a mi juicio, a tal conclusión, pues ello sólo se menciona a título de agravante (195:
534), mientras que se refirman las impugnaciones de orden constitucional dirigidas contra la ley 5120 en el escrito de demanda. — Bs. Aires, abril 16 de 1948. — Carlos G. Delfino.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 26 de abril de 1948.
Y vista la precedente causa caratulada: "Papelera Pedotti S. A. contra Buenos Aires la Provincia sobre inconstitucionalidad ley 5120 y repetición" para decidir respecto de la excepción opuesta a fs. 41 Y Considerando:
Que la demanda de fs. 10 persigue la repetición de la suma de mgn, 16.295, 27 que la firma actora manifics
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:839
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