SATURNINO LLORENTE TORROBA Y OTRO v. PROV.
DE BUENOS AIRES Y CONSEJO NACIONAL DE
EDUCACION.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia, Generalidades.
La Corte Suprema es incompetente para conocer originariamente en la causa seguida por un particular contra una provincia y otras personas no aforadas, como el Consejo Nacional de Educación.
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Contribuciones e impuestos locales, La Corte Suprema es incompetente para conocer originariamente en las demandas sobre consignación de contrimelones locales, "
DICTAMEN DEL ProcvraDor GENERAL
Suprema Corte:
Los actores han promovido el presente juicio por consignación contra la Provincia de Buenos Aires y el Consejo Nacional de Educación, alegando que ambos demanrados les exigen, por el mismo concepto, un tributo a la transmisión gratuita de bienes, que vendría a resultar así establecido simultáneamente en sus respectivas leyes fiscales.
Basan la procedencia de la consignación en lo que prescribe el inc, 4° del art. 757 del Código Civil, de acuerdo con el cual dicha medida es pertinente "cuando fuese 'dudoso el derecho del acreedor a recibir el pago, y concurrieren otras personas a exigirlo del deudor"; y expresan que corresponde la jurisdicción originaria de la Corte Suprema en virtud de lo dispuesto en el
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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:835
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