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Fallos: 210:1013 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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Por estas consideraciones, Se resuelve: confirmar la sentencia de fs, 170, en cuanto declara transferido al Estado Nacional Argentino el inmueble ubicado en "La Represa", Pedanía Calera, Departamento Santa María de la Provincia de Córdoba, con una superficie de quinientas cuarenta y cineo hectáreas, con más los intereses al seis por ciento sobre la diferencia entre la suma depositada y la mandada a parar, que se computarán desde el 18 de noviembre de 1943, fecha de toma de posesión por el Gobierno Nacional, e impone las costas al actor, modificándola en cuanto al precio, el que se fija en la suma de $ 121.465 m/n. Con costas, — Miguel A.

Aliaga, — Luis M. Allende, — Rodolfo Otero Capdevila.


DICTAMEN DEL ProcURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El monto del agravio causado al apelante por el fallo recurrido, hace procedente el recurso ordinario para V. E. concedido a fs. 186 vta. (art. 3, inc. ?" de la ley 4.055).

En cuanto al fondo del asunto, la Nación tiene constituído apoderado especial que ha tomado ya ante V. E.

—fs. 200|203— la intervención que le corresponde.

No procede, en cambio, hacer lugar a la adhesión del recurso formulado a fs. 189, por aplicación de lo resuelto por esta Corte Suprema en 206:224 . — Buenos Aires, diciembre 6 de 1947. — Carlos G. Delfino.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de mayo de 1948.

Y vistos los autos "Gobierno Nacional v. Marchioni Agustín Hirgilio, expropiación" ,en los que se ha concedido el recurso ordinario de apelación interpuesto a fs.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 210:1013 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-210/pagina-1013

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