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Fallos: 21:344 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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Falle del Juez Seccional.

Buenos Aires, Febrero 10 de 1879, Y vistos estos autos, iniciados de oficio contra Luis Poirier:

por homicidio cometido 4 bordo de la goleta «Guverilian>, fondeada en el Río Chubut, de los que resulta: que encontrándose el procesado con otro marinero del mismo buque, llamado Cárlos Lynn en el almacen de los señores Rook Parry y €°, fué amenazado por este último, á consecuencia de haber Poir.er cobrado al Capitan del «Adolfo» un dinero, que decia deberla y que á pesar de no haberle respondido el agredido á la provocacion, fué en seguida bofetendo y estropeado por el espresado Lynn (declaración de los testigos Antonio Martinez, foja 9, Jorge Schulhz, foja 17 vuelta, y Roberto Jones); que al día siguiente, estando Poirier trabajando en una chata al costado de la «Guverilian» fué Lynn á hacer su trabajo y al verlo Poirier, se pasó de la chata, y fué ú recordarle á Lynn lo que había hecho con él el día anterior (declaracion del piloto y demás tripulantes); que Lynn insultó nuevamente en esta ocasion ú Poirier amenazándolo de repitir lo que había heeho el día anterior, y aún levantando el puño en actitud de pegarle declaraciones de Antonio Martinez, Pedro Wilson, foja 14 vuelta y Junn Gracher, foja 15 vuelta); que entonces fué que Poirier, levantando un palo de los del cargamento, le asestó un golpe en el hombro, derribándolo sobre el monton de palos y pedazos de bierro, que estaban en el puente, dando contra ellos un golpe con la cabeza, que le produjo la muerte poco tiempo despues; — y considerando, que sí bien está plenamente demostrado en los antecedentes de esta causa y muy especialmente por las declaraciones de Juan Williams, foja 3, Capitan Fracy, foja 17, que informan sobre la clase de herida que tenía Lynn en la cabeza y los demás que presenciaron, que el golpe de Poirier

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:344 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-344

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