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Fallos: 21:338 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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Caso.— Se halla referido en el siguiente Fallo del Juez Seccional.

Buenos Aires, Febrero 5 de 1879.

Y vistos estos autos, iniciados de oficio contra José Venturini, por homicidio cometido en la persona del marinero Manuel Garcia; de los que resulta: que el día 16 de Mayo de 1877, encontrándose con rumbos opuestos las goletas «Feliz Paraguay» y «Leon»; hubieron de tener un choque, porque ningrua de ellas quizo al principio ejecutar la maniobra correspondiente para evitarlo; que por último, la ejecutó el «Leon», no obstante que no le correspondía por llevar la derecha, ocasionándose á consecuencia de esta diferencia entre las tripulaciones de los dos buques, un cambio de insultos, ú los que se siguieron despues los hechos, arrojándose trozos de carbon de uno ú otro lado; que en medio del tumulto, que originaron estos hechos, el marinero José Venturini disparó dos tiros de rewolver, desde el «Feliz Paraguay», yendo uno de ellos á herir al marinero del «Leon», Manuel Garcia, lo que le ocasionó la muerte, segun todo resulta de las declaraciones contestes de Cirilo Vega, á foja cinco, Cándido Vallejo, foja 7, José Vigo, foja 8, Cárlos Montero, Pablo Ratto, Bartolomé Havaliati y Juan Corquito: estos cuatro últimos declarando á foja 9, y certificado médico de foja 2: que despues del suceso, el procesado Venturini se embarcó con Cirilo Vega en el bote de la guleta «Feliz Paraguays para sustraerse á la accion de la justicia, arrojúndose al agua en seguida, cuando fué obligado á hacer alto el bote por la intimacion de los oficiales del «Rosales» declaraciones de Cirilo Vega, Francisco Coll, Gregorio Gallino, Nicanor Bazzo, Cárlos Yum y Guillermo Pinto; y Considerando:

1 Que ála acusación fiscal, formulando los cargos, que se des=

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:338 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-338

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