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Fallos: 21:191 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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Pidió que la reconvencion fuera rechazada con costas.

Con la prueba rendida se dictó este —Fallo del Juez de Seccion Buenos Aires, Noviembre 6 de 1878.

Y vistos: estos autos seguidos por D. Ramon Barcons contra D. Martin Colman por cobro de 15,000 4 m/o. como saldo del precio porque le trabajó una casa, con la reconvencion deducida por Colman por 13,000 4 de que resulta:

17 Que habiendo convenido las partes en que Barcons edificase para Colman la casa sita en la calle Moreno N° 414 por la cantidad de 245,000 y m/c., esto último se recibió del edificio y retuvo un saldo por valor de 45,000 4 porque se le demandaba, 2" Que corrido traslado de la demanda, Colman se excepcionó diciendo que habia retenido dicha cantidad hasta que Baroons terminase la casa, que segun convenio debía ser igual 4 la del Sr. Carranza, en la misma calle Moreno N" 576. Que la obra no había sido terminada, y que la parte que faltaba le costaria 5,000 $ fuera de un sócalo de mármol en el patio que le costó 3,000 $4. Que además el demandante habia dispuesto en su provecho y por su cuenta de los materiales del antiguo edificio cuyo valor aprecia en 20,000 $. Que por consiguiente, reconvenia á Barcons por 13,000 5.

3- Que corrido traslado de la reconvencion, Barcons contestó que las obras que segun Colman faltaban en la casa edificada no estaba obligado á hacerlas porque no eran propias de su profesion, ni habian convenido con Colman en hacerlas. Que en cuanto á la puerta y ventana de que habia dispuesto, lo hizo con autorizacion de Colman, y que en cambio, él habia puesto

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:191 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-191

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