Caso. —D. Fernando Bourdieu en representacion de E. Meyer y C", se presentó al Juez de Seccion en Buenos Aires esponiendo; que á consecuencia de la ley sobre marcas de fábrica sus poderdantes obtuvieron la concesion de la marca de fábrica — ° y del nombre de la casa de perfumerias de Pinaud, Que existiendo en esta plaza mercaderias falsificadas con el nombre de esa fábrica, trataron de descubrirlas y encontraron que la casa de Ramella y C° vendian agua de rosa elaborada á imitacion de la de Pinaud, haciendo la venta con pleno conocimiento de la falsificacion, bajo el mismo nombre de Ed. Pinaud, con la misma marca de fábrica, emblemas y grabados.
Que este hecho ocasiona muy grandes perjuicios 4 la casa de Meyer y C°, Que siendo este proceder contrario ú lo que dispone la espresada ley de marcas de fábrica, deducia demanda contra Ramella y C'", y pedia que en oportunidad se les condenase al máximum de la pena establecida en el artículo 28 de la ley mencionada, al pago de las costas del juicio y de los daños y perjuicios.
Corrido traslado de la demanda, D. Evaristo Artaza por Ramella y C'°, contestando, pidió se rechazára la demanda con espresa condenacion en costas. i Dijo que no era cierto que ellos fuesen comerciantes en artículos falsificados; que en el año 1875, antes que la ley sobre marcas de fúbrica fuese dictada, compraron 4 la casa de Basabé, H". una cantidad de agua de rosa de la marca de Ed. Pinaud; que dicho artículo había sido ya revendido por Ramella y C°.
sin que les quedara un solo frasco; que habiendo sido esta compra anterior á la ley y no habiéndoseles notificado prohibicion para el espendio, los esponentes no han asumido responsabilidad al respecto. 9 Con la prueba producida se dictó este
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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:195
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