Falle del Juez de Seccion Buenos Aires, Noviembre —de 1878.
Vistos: estos autos seguidos con D. E. Meyer y C°, contra los Sres. P. Ramella y C°; sobre venta de agua falsificada de la marca de fábrica «Ed. Pinnud», y de que resulta lo siguiente:
1° Que á consecuencia de la loy de 19 de Agosto de 1870, los Sres. Meyer y C'°, pidieron y obtuvieron de la oficina respectiva la concesion de la marca de fábrica y del nombre de la casa de perfomerias « Ed. Pinaud ».
2" Que en posesion de este privilejio los demandantes se contrajeron 4 descubrir las falsificaciones de la mencionada marca, dando por resultado de sus investigaciones, que la casa de los Sres. Ramella y C°, situada Perú números 7 y 9 vendian agua de rosa, elaborada á imitacion de la que produce la fábrica de los Sres. E. Meyer y C°, y la venden con pleno conocimiento de la falsificacion, bajo el mismo nombre de « Ed.
Pinaud », con la misma marca de fábrica, emblemas y grabados, lo que oeasiona un perjuicio muy considerable á los demandantes.
3" Que para hacer cesar este estado de cosas, instauran la presente demanda para que se les condene al máximum de la multa que presoribe el artículo 23 de la citada ley, con mas las costas, daños y ferjuicios, que se le orijinen por esta causa, 4° Que corrido traslado de la demanda, D. Evaristo Artaza, con poder suficiente de la casa E, Ramella y C", contesta áf. 17 que es falso ser negociante de artículos de comercio falsificados; que lo ocurrido es que en 1875 compraron en plaza, á la casa de los Sres. Basabé H°', una cantidad de agua de rosa de la referida marca « Ed. Pinaud » y que la han vendido, no encontrándose ya en la casa un solo frasco ; que la compra que hicieron 4 Basabó H", fué anterior á la ley de 19 de Agosto de 1876, y
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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:196
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