Y surgiendo de los autos la posible conveniencia de adoptar medidas de carácter general que escapan a la superintendencia de la Cámara y cuyo ejercicio compete a la Exema. Suprema Corte de Justicia de la Nación, elévese el presente a dicho Tribunal por si considera pertinente la adopción de medidas para proveer a los letrados de un documento que aeredite en cualquier momento que se les exija, su inscripción como tales en el registro respectivo. — Benjamín de la Vega. — Ernesio Sourrrouille. — Luis González Warcalde.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de diciembre de 1947.
Téngase presente y en presencia de los inconvenientes señalados por la Cámara Federal de Bahía Blanca, dispónese que al efectuarse en cada caso la inscripción en la matrícula de abogados que lleva esta Corte Suprema, se entregue por la Prosecretaría, y por separado, una constancia de la misma, Tomás D. Casares — FELirE $.
Pérez — Luis R. Losa — Justo L. ALvarez RopríGuez — Ronorro G. VALENZUELA,
JOSE W. AGUSTI — su DENUNCIA
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia.
Intervención de la Corte Suprema.
Aunque la contienda de competencia se haya trabado entre un juez federal y otro ordinario de la Capital, la Corte Suprema puede y debe declarar la competencia de otro juez que realmente la tenga.
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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:625
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