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Fallos: 208:534 de la CSJN Argentina - Año: 1947

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E : Led PALLOS DE LA CORTE SUPREMA
E torial Estampa" y "Portillo v. C. L. A. D. E", procehe dería confirmar la sentencia apelada E En su mérito, declárase improcedente el recurso exe traordinario.


F Tomás D. Casares — Fer S.
É Pénnz — Luis R. Lonont — + Jusro L. ALvanez Ronríquez E — Ronorro G. VaLewzueLa.

7 : IMPUESTOS INTERNOS v. OÑATE Y Cía.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas.

La ley 11.924 no ha modificado el art. 21 de la ley 3764 Alca ercsics de la competencia de les juesos de 7ue en los juicios de impuestos internos (1).


E BANCO PROVINCIAL DE SALTA v. IGNACIO A. SOSA

Y ANGELA PERETTI DE SOSA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definiliva, Resoluciones posteriores a la sentencia definitiva.

Procede el recurso extraordinario fundado por el Banco Hipotecario Nacional en la interpretación de la ley 8172 contra la resolución que, ai bien no es sentencia definitiva, desconoce el privilegio. invocado por aquél sin que haya otro modo u oportunidad de obtener su reconocimiento.

BANCO HIPOTECARIO NACIONAL: Principios generales.

El Conereso tiene facultades para dotar al Banco Ilinoteeario Nacional de todas las prerrogativas que considere necesarias o convenientes para el mejor resultado de sus operaciones y para substraerlo a las normas provinciales, 1) 19 de setiembre de 1947. Fallos: 194, 93.

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Año: 1947, CSJN Fallos: 208:534 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-208/pagina-534

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