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Fallos: 208:519 de la CSJN Argentina - Año: 1947

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PROCURADOR FISCAL v. PERIODICO "RENOVACION" JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las imstituciones macioncies, El art, 32 de la Const. Nacional no priva al Congreso de la facultad de reprimir el desacato cometido contra el Presidente de la Nación por medio de la prensa ni excluye la competencia de la justicia federal para conocer en la causa respectiva.


DICTAMEN DE Procumapor GENERAL
Suprema Corte:

A partir del fallo 167:136 , ha decidido reiteradamente V. E. ( 179:363 ; 180:148 ; 205:545 , entre otros), que compete a la justicia federal conocer en las causas sobre delitos cometidos por medio de la prensa y que afecten a funcionarios del Gobierno Nacional, La presente querella se sigue por ofensas inferidas al Sr.

Presidente de la Nación por medio de publicaciones tachadas de injuriosas aparecidas en el periódico "Renovación"° de la ciudad de Reconquista (edición del 17 de agosto de 1946, fs. 2), las que configurarían el delito de desacato previsto y penado por el art. 244 del Cód.

Penal.

La Cám. Federal de Rosario ha resuelto la cuestión que planteó la defensa por aplicación de la doctrina citada. Corresponde, pues, y así lo solicito confirmar por sus fundamentos el falio apelado de fs. 57 en cuanto ha podido ser materia del recurso. La procedencia de éste, atento a lo relacionado, es indiscutible — art. 14, ley 48—; como lo ha reconocido el tribunal apelado al conceder el recurso por las razones que el interesado ha aducido a fs. 60. — Bs. Aires, agosto 19 de 1947. — Carlos G. Delfino.

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Año: 1947, CSJN Fallos: 208:519 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-208/pagina-519

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