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Fallos: 167:136 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Diciembre 23 de 1932.

Y Vistos:

Esta causa seguida por el Ministerio Fiscal de Santa Fe contra editor esponsable del diario "La Provincia" sobre supuesta infracción al art. 209 del Código Penal, venida por apelación del pronunciamiento de la Cámara Federal del Rosario; y Considerando:

Que la cuestión sometida a la decisión del tribunal se vincula directamente con la interpretación y alcance que corresponde atribuir al art. 32 de la Constitución. Dispone este precepto que "el Congreso Nacional no dictará leyes que restrinjan la libertad de prensa o establezcan sobre ello la jurisdicción federal". El párrafo primero del artículo es tomado de la enmienda primera de la Constitución Americana concebida en estos términos : "el Congreso no hará leyes que restrinjan la libertad de palabra y de prensa". La cláusula última que dice: "o estahlezcan sobre ella la jurisdicción federal" fué redactada por los Convencionales del 60 para ser agregada con el resto del artículo a la Constitución sancionada el año 1853.

Que el significado de tal cláusula ha sido fijado por esta Corte en eruditos y repetidos fallos llegándose a la conclusión prevalente en el momento actual, de que con ella "se entendió reservar a las provincias la represión de los delitos de imprenta inhibiendo al Congreso de dictar leyes penales sobre la materia para toda la Nación, anque se consignaran en los Códigos que el Congreso podía sancionar; agregándose, que son las leyes locales, ya sea dictadas por las legislaturas de provincia, o hien por el Honorable Congreso respecto a la Capital y territorios

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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:136 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-167/pagina-136

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