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Fallos: 207:36 de la CSJN Argentina - Año: 1947

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e %° FALLOS DE TA CORTE SUPREMA +. testa el 1° «e abril siguiente. De consiguiente, la estimación E; sólo ha de examinarse con relación a los ejercicios de 1937 5 a 1940 —cuntro años—.

E: $7. a) Que para financia: la construcción de pavimenE tos, la Municipalidad de Córdoba sancionó el 26 de marzo de 1 1926 la Ordenanza n" 2718, en cuyo art. 42 dispuso la emisión 4 de títulos al portador por m$n. 2.500.000.00; y, conforme al e decreto n° 6582 del 30 siguiente —art. 1°— se expidieron por E valor de m$n. 100.00 cada uno e impresos con desirnación de e la ctorgante, serie y numerzción, firma de los funcionarios e autorizados y expresión de ser títulos al portador cuyo valor E sería recibido por la emisora con arreglo a esa Ordenanza y E Decreto transcriptes al dorso; y tales enunciaciones conforE maban los arts. 743 a 745 del Código de Comercio, relativos a E los papeles de comercio al portador. Ahora bien: durante 1928 pa a 1930 el corredor Mateo Seguí adquirió de esos títulos, para las personas de los actores, por un valor nominal de mén.

E 200.000.00 y al unitario real de m$n. 90.09, que equivalió a E taa cotización de mn, 180.000.00; y los instramentos no fue| ron depositados en Banco alguno, sino en la propia enja de enudales, cobrándose los intereses con alguna dificultad y meY diante los enpones hasta 1935 inclusive. Con el mismo corredor, y von los cupones respectivos, se vendió en noviembre 4 de 1936 un valor nominal de m$n. 100.000.00 al precio de mén. 95.054,92 —la inspección lo dubita, pese verificar suma 3 y fecha— (R. Alvarez: 19 v; J. Seguí Gener: 25; P, G. Pe.

E trini: 30, VIIT; íd: exp. soe. 2", 12, 17, 19). Y ya antes, en e 1933, 1934 y 1935 donaron títulos por mn. 60.000.009 nomi| nales a cada uno de los futuros socios de la sociedad de la Ley 11.645, constituída en 1938: Daniel Andreóli, José Heinz y Carlos Gigli (R. Alvarez: 19 v. esp. soc. ?, 39 v; P. G. PeE trini: 50, VIIE; íd. exp. soe. 2 17); y cuyos valores se aereEs ditaron en cuentas particulares de la sociedud colectiva, a nombre de parientes de los donatarios (Fonreade: 36 v.).

Hasta el último día de 1936 la adquisición, donación y venta de títulos están fuera del período de estimación reditual, mas tienen relación con los ejercicios siguientes de 1937 a 1940.

En efecto: durante ese año 1937 las parientas Genoveva Busa tos de Andreoli, Antonia Piccone de Heinz y María, viuda de | Gigli —esposas y madre ésta de los donatarios— respectivamente ingresan en la cuenta de los Petrini, m$n 17.000.00, mán. 18.000 y m$n. 20.000.00 (R. Alvarez: 19 v; exp. soc. 2, 39 v.). Jurídicamente, la presunción es la de que, realizados IA los títulos, se restituyó en dinero lo donado —viables los preE

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Año: 1947, CSJN Fallos: 207:36 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-207/pagina-36

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