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Fallos: 206:512 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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512 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA idéntica o similar, pues lo contrario importaría la neración del + Estalo de derecho y el caos político, pudiendo impunemente > resistirse las exigencias de earáeter fisea! del gobierno efectivo.

Claro está que tales disposiciones sólo han de tener imperio dentro de !a anormalidad de la situación in

Por estos fundamentos y consideraciones concordantes del fallo apelado. se confirma la senteneia de fs. 63, 1.0 absuelve a Enrique Real de Azúa de la defraudación fiserl imputada.

— Alfonso E. Poccard.

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Año: 1946, CSJN Fallos: 206:512 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-206/pagina-512

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