FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 25 de julio de 1945.
Y vistos: La contienda de competencia negativa trabada entre el Sr. Juez en lo Crim. y Correc., a cargo del Juzgado 1" 2 de la ciudad de Corrientes, y el Sr.
Juez de Tnstr. Militar del Comando de la ?' Div. de Cabailería, para conocer en el juicio seguido a Gerónimo Dorrego.
Considerando:
Que los hechos imputados al acusado son los siguientes: haber substraído, mientras desempeñaba funciones de furriel en el detall de la 5' batería del Regim. 2 de Artillería a Caballo, un giro enviado por carta al conscripto Vicente Frías, y posteriormente haber adquirido mercaderías en el comercio de José Alvira, en Mercedes de la misma provincia, abonando el precio con el giro y percibiendo el resto en efectivo.
Que de estos hechos resulta la comisión de dos delitos: violación de correspondencia y hurto, en concurso ideal —arts. 54, 153 y 162 del Cód. Penal—, cometidos en el cuartel del citado regimiento en perjuicio del conseripto Frías; estafa —art. 172 del mismo Código— en perjuicio del citado comerciante local, cometido en la ciudad de Mercedes.
Que el primero de los delitos es de jurisdicción militar y el segundo de jurisdicción de la justicia provincial y como éste es el de pena mayor, corresponde que Dorrego sea juzgado primero por la justicia ordinaria y después por la justicia militar —arts. 117, inc.
2", y 122 del Cód. de Just. Militar—.
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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:269
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