CAUSA CXXVII.
D. Emilio Vivar contra la Empresa de Navegacion del vapor «Teresa», por cobro de pesos Sumario. —1° El pasagero no está obligado á fundar su demanda por resarcimiento de daños sufridos en el equipaje, en el conocimiento que la ley exije al cargador por los daños sufridos en la carga. 2" Las alhajas y dinero, que el pasagero lleva en su equipaje forman parte de este.
3" Los dueños ó partícipes del buque son responsables á favor de tercero de los daños causados por culpa del capitan ó del sobrecargo.
4 La pérdida de dinero perteneciente á un equipaje, debe reputarse culpable, si fué colocado en lugar inseguro, y tuvo lugar por esta razon.
5 No existiendo datos para establecer el importe del dinero perdido, debe deferirse su fijacion al juramento del actor y á la estimacion del juez, prévia la prueba de los datos indispensables para hacerla.
Caso.—El caso se halla espuesto en el siguiente T. xl 3
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:473
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