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Fallos: 2:351 de la CSJN Argentina - Año: 1865

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hoy que recien los ejecuta á mas de cuatro años despues del vencimiento y pago de la primera letra, y á un año y meses del jago de la última.

Noveno: Que por mayor ahundamiento, á mas de todo lo espuesto, seagrega la aseveracion de cuatro testigos á foja 178, 175, 176 y 180, quienes al contestar la quinta pregunta del interrogatorio presentado por los ejecutados, dicen, dando cada uno razon de sus dichos, que Bascary y Merchot estuvieron en aptitud de pagar á sus vencimientos las letras aceptadas en favor de San Miguel por Gramajo, Lacabera y Apestey; agregando uno de aquellos áf. 180 que fué tal en esos tiempos la concurrencia al establecimiento de curtiembre de los espresados Bascaryy Merchot, que no pudiendo ya satisfacerla con solo su fábrica, tuvieron que arrendar dos mas, las de don Juan José Garcia y don Bertran Bascary; circunstancia que confirma el mismo Gramajo en el párrafo veinte de su citado informe: cuando dice:

Para terminar agregaré, que en los años que Bascary hacurtido cueros parala casa Iramajo hermanos, ha curtido tambien para don Wenceslao Posse, don Vicente Gallo, don Javier Lopes y dun Patricio Navarro. De donde se puede inferir cuán grandes serian las ganancias de los garantidos Barcary y Merchot en ese tiempo, administrando un establecimiento de esta clase en tan alta escala y de los mas lucrativos, y cuendo solo ála casa de Gramajo hermanos (de quien es sócio y jefe el ejecutante), sin contar el fuerte importe de las suelas que aquellosle vendieron en esa misma época ála dicha casa, la curticion solo en cue ros, 10149, segun lo manifiestan las cuentas y lo confiesa el referido Gramajo en uno de sus escritos á f. 245 por cuyos precios de fábrica tuvieron que abonarles (á Bascary y Merchot) la cantidad de 16796 pesos plata como se ha dicho en el cuarto considerando, y probado por aquellas mismas cuentas extraidas de los libros de Gramajo hermanos, segun tambien anteriormente se ha dicho ya.

Décimo: Que la razon de haber sido estos negocios de

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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:351 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-2/pagina-351

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