los testigos presentados por los ejecutados y que puede verse desde f. 168 hasta 182 de estos autos.
Cuarto: Que en el importe solo de curtidiria de cueros y baquetas segun sus varios precios, le entregaron á Gramajo, los mismos Bascary y Merchot en esos años, segun tambien todo consta de las referidas cuentas, la cantidad de 16796 ps, plata boliviana, y en valores de suelas vendidrs17174 pesos en la misma moneda, segun se deduce ignalmente de las mencionadas cuentas que se registran en los lugares de este espediente ya citados; componiendo ambas sumas parciales la total y considerable cantidad de 33971 pesos plata, de cuya suma aunque se deduzcan algunas cantidades que aparecen dadas á dichos curtidores para compra de cueros, queda siempre (como revelan las cuentas), doble en su valor al de once mil pesos en onzas de oro, que solo importan todas las letras aceptadas y pagadas en favor de San Miguel.
Quinto: Que segun revelan tambien las cuentas á que antes ha hecho referencia, los deudores principales Bascary y Merchot entregaron á Gramajo entre aquellas cantidades, el importe (en curtiembre y suelas) de 10750 pesos 4 reales plata en varias partidas, despues del vencimiento y pago que hizo dela última de las cuatro létras aceptadas en favor de San Miguel.
Sesto: Que tanto por el convencimiento que infunde en la conciencia del juez, una prueba tan irreprochable como la que resulta de los libros de comercio contra el que los presenta, como por los demas hechos y documentos conocidos en estos autos, no puede negarse que no se ha cumplido la condicion que libremente se impusieron el ejecutante y ejecutados por su documento de foja 5 para abonarse entresí porterceras partes en casolas personas á quienes habian garantido no les dieran d sus vencimientos lascantidades necesarias para cubrir aquellas letras, desde que queda demostrado que dichos deudores principales (sin la ejecucion que debió hacerles en caso necesario) entregaron á Gramajo exactamente y segun los compromisos y obliga
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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:349
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