E 6 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
É recurso extraordinario ha sido procedente, Y vuelvan los autos al tribunal de su procedencia para que dicte nuevamente sentencia respecto de la defensa de prescripción. Hágase saber y devuélvanse, ANTONIO Sacarxa — B. A. NAzar AxcHorENa — Fi. Ramos Mesía.
RAUL A. L. FERMEPIN v. PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
PRUEBA: Ofrecimiento y producción.
Sólo excepcionalmente cabe admitir en calidad de hechos nuevos la produeción de prueba después de vencido el término pertinente (°).
PRUEBA: Ofrecimiento y producción.
Habiendo oposición de parte no es admisible en calidad de hechos nuevos la prueba ofrecida fuera de término consis- .
tente en un artículo y una información publicados en un diario,
MARTO SAENZ - st srcesión v. PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
COSTAS: Efecto de la condena en costas.
Las costas pertenecen a la parte, de euya audiencia no debe prescindirse para su pereepción (2), 1) 20 de setiembre de 1944, Fallos: 187, 462; 196, 572, 2) 20 do setiembre de 1944.
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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:649
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