—.-" FALLOS DE LA CORTE SUPREMA E —=ada por la orden de pago respectiva". En el caso en E "examen 'los atrasos de Ruiz por pastaje, pagadero por We años, se habían capitalizado en 1930 por la liquidación de la Contaduría de la Dirección General de Tierras aprobada por el Gobierno Provisional —fs. 27 a 31 del Juicio ejecutivo— sin dejar de ser atrasos equiparados a arriendos o locación —Fallos: 10, 154; 12, 464— y aceptada a fs. 28 por Ruiz.
En su mérito se revoca la resolución apelada y se declara que corresponde al crédito del Fisco contra el concurso de quiebra de Juan Manuel Ruiz, por pastaje, el privilegio del art. 95, inc, 1", de la ley de quiebras.
"Costas por su orden en todas las instancias. Hágase saber y devuélvanse, debiendo reponerse el papel en el juzgado de origen.
Roserto REPETTO — ANTOnI0 SaGARNA — B. A. Nazar AxCHORENA — F, Ramos Mesía,
AVALLE Y CIA. v. PROVINCIA DE CORRIENTES
JURISDICCION + COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Generalidades.
La improcedencia del fuero originario de la Corte Suprema puede ser declarada en cualquier estado del juicio, aun cuando en la providencia que dispuso convocar a juicio verbal a las partes en un interdieto posesorio se haya declarado la competencia del tribunal en cuanto hubiere lugar por derecho.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Prórroga. Convenio de partes, La cláusula por la cual un concesionario de servicios muni.
N siples en una ciudad provincial fija en clla su domicilio | a los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, admi
É
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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:569
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