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Fallos: 196:84 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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Código de Procedimientos en lo Civil, y fundado en dos cuestiones que aquel tribunal ha declarado extrañas a ese juicio especial, en una tercera sobre incompatibilidad de normas locales, y en una cuarta referente a saber si es contraria a la Constitución Nacional la ordenanza municipal sobre afirmados que prohibe otorgar escrituras de transmisión de inmuebles sin que conste en ellas el pago total de la dende, a menos que el adquirente se haga cargo de la misma, si esta última es de carácter teórico por no resultar de los autos que alguno de los aetores haya sido privado de transferir alguno de sus inmuebles.

SENTENCIA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE ENTRE Río En la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de Entre Ríos, a 11 de mayo de 1942, reunidos en el Salón de Acuerdos los señores miembros del Superior Tribunal de Justicia, a saber: Presidente, doctor Héctor E. Ardoy y vo cales doctores, Guillermo Bonaparte, B. T. Aguilar Torres, Raúl L. Aranguren y Manuel A. Garasino, integrando este último el Tribunal por encontrarse en uso de Jicencia el señor vocal doctor Juvenal F. de la ¡?uente, fueron traídos para resolver los autos caratulados: ""Demanda de inconstitucionalidad de la ordenanza sobre pavimentación de la ciudad de Villaguay, de fecha 15 de noviembre de 1940; del contrato celebrado entre la Municipalidad y la empresa Agustín Tardito y Cía.: y de la ordenanza o resolución del C. Deliberante que prestó aprobación a dicho contrato; interpuesta por el Dr. Raúl L. Uranga en representación de los señores Eugenio Pastre, Pedro Ciapuscio y otros". Y a Practicado el sorteo de ley, resultó que la votación debía tener lugar en el siguiente orden: doetores Bonaparte, Ardoy, Aguilar Torres, Aranguren y Garasino.

Estudiados los antos, el Tribunal estableció las siguientes cuestiones a resolver: , ¿Son inconstitucionales la ordenanza de pavimentación de la ciudad de Villaguay de 15 de noviembre de 1940, el contrato celebrado con el licitante de la obra, empresa Tardito y Cía, y la ordenanza que lo aprueba, sancionada en la sesión de 15 de febrero de 1941? A la cuestión propuesta el señor vocal doctor Bonaparte, dijo: La demanda arguye que la ordenanza de pavimentación de la ciudad de Villaguay, el contrato celebrado con la em

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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:84 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-196/pagina-84

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