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Fallos: 194:359 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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contrarse comprendida entre las especifieadas en el art. 18 de la ley 9685; que el art. 37 de la ley 4218 convirtió en ley el decreto reglamentario de la Provincia de 14 de marzo de 1917, en cuyo art. 19 se dee ira que la tuberculosis es una enfermedad profesional; pers que esta disposición ha sido declarada inconstitucional por la Exema, Corte Suprema de Justicia en los autos "Sabella Uataldo contra la Papelera Argentina" dictado el 10 de oetubre de 1939.

No disente la demandada, si el actor padece de tuberculosis; pero sí afirma que ella no es de origen traumático, en enyo caso constituiría un accidente de trabajo indemnizable con arreglo a las disposiciones de la ley 9658.

Estimo que la tesis que sostiene la parte recurrente para demostrar la improcedencia de la demanda, no es aceptable.

Pienso que la tuberenlosis

Caco y Rodolfo Girotti, euyo dietamen obra a fs. 65, que establece eonelnsiones terminantes. El dictamen expresa: 19) Filemón Korsak está afectado de tuberculosis pulmonar, forma fibrosa; 2) Adquirió su enfermedad durante el período del trabajo, en la Compañía Talleres Metalúrgicos San Martín; y 3" Existe mucha probabilidad para considerar su trabajo como responsable de su enfermedad, como se deduce del estudio heeho en la presente pericia".

De acuerdo con las pruebas a que haro referencia, no desvirtuadas por otras pruebas de la demandada y no surgiendo

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:359 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-194/pagina-359

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