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Fallos: 188:547 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, diciembre 23 de 1940.

Y vistos: Este juicio seguido per don Julio C. Borda contra la Provincia de Córdoba por cobro de honorarios profesionales, del cual resulta:

Que a fs. 7 comparece don Guillermo Antonio Borda, en representación del Dr. Julio C. Borda, demandando a la provincia nombrada por retribución de servicios profesionales que estima en la suma de pesos moneda nacional 145.000, los que el Tribunal determine o señalen árbitros, a cuyo pago pide se la condene con intereses y costas.

Que el Congreso de la Nación sancionó la ley número 12.251 creando la Comisión Nacional Técnica de Límites Interprovinciales que tendría a su cargo dictaminar ante el Congreso de la Nación respecto de los derechos de las provincias en cuanto a sus límites. El Gobierno de la Provincia de Córdoba por decreto número 34.927, serie A, de fecha 25 de junio de 1936, designó como su representante ante aquella Comisión al doctor Julio C. Borda.

Que la complejidad del asunto, sus múltiples aspectos, la falta de antecedentes en muchos casos, el origen de algunos problemas que remonta a la época de la colonia, impuso al actor un estudio y una labor extraordinaria que se tradujo en la búsqueda de antecedentes e informaciones en bibliotecas y archivos de esta Capital, de Córdoba, de Santiago del Estero y de Santa Fe; en la dilucidación de cuestiones complejas; en la celebración de conferencias con el Presidente y miembros de la Comisión de Límites y su Asesor Letrado, así como con los gobernadores y ministros de las pro

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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:547 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-188/pagina-547

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