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Fallos: 188:541 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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proceso anterior ni la situación del contribuyente, procede hacer lugar a la acción tendiente a obtener la devolución de la suma que posteriormente lo fué cobrada al mismo en concepto del impuesto por cuya supuesta defraudación se había promovido el mencionado juicio criminal,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, diciembre 23 de 1940.

Y vistos: El recurso de apelación ordinaria interpuesto por demandado y actor en el juicio de Martínez Tenreiro Hermanos contra el Gobierno de la Nación por repetición de impuestos pagados ilegalmente, contra el fallo de la Cámara Federal de Apelación de la Capital, que hace lugar a la demanda, sin costas; y Considerando:

I. Contra los actores, comerciantes en el ramo de perfumería y artículos de tocador, establecidos en esta ciudad, se siguió un proceso iniciado por la Administración de Impuestos Internos a raíz de haberse comprobado que los aludidos vendían un artículo de tocador llamado "Tnecto Rapid" tintura para el cabello, en envases, cantidad y calidad iguales pero con etiquetas que expresaban precios diferentes, pues unos frascos conteniendo 100 gramos de tintura aparecían vendiéndose a 0.70 centavos y otros al precio de 8 pesos.

La infracción consistiría, según Impuestos Internos, en que el gravamen fiscal pagado —ad valorem— sobre los primeros no expresaba la justa contribución fiscal, pues no era el efectivo -precio de venta el de setenta centavos, inferior al precio de costo, sino uma simulación para evitar el real importe del aludido gravamen. Los acusados alegaron que no había tal simulación con fines de fraude sino que había precios diferenciales con fines

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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:541 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-188/pagina-541

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