derecho amparado por las leyes o por la Constitución Nacional, a lo que cabe agregar que el supuesto de autos no presenta las enracterísticas de arbitrariedad que pudieron justificar la intervención de esta Corte en supuestos especiales —Fallos: 184, 137, En su mérito y de acuerdo con lo dictaminado por el señor Procurador General se deelara bien denegado el recurso extraordinario interpuesto a fs. 1345 del principal. Hágase saber; devuélvanse los autos elevados como mejor informe, con copia del presente pronunciamiento y del dictamen del señor Proeurador General. Repóngase el papel y archívese, AstoxIO Sacarxa — Lois LiNahEs — B. A. Nazar ANecitoRENA — FP, Ramos Mesía, PETRONA CHAVES DE OROZCO y. BANCO
HIPOTECARIO NACIONAL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal, Casos, Leyes del Congreso, Procede el recurso extraordinario respeeto de la sentencia contraria al derecho fundado por el recurrente en una ley nacional, RANCO HIPOTECARIO NACIONAL: Posesión, venta y adjudiración.
La facultad acordada al Baneo Hipotecario por su ley orgánica para desalojar a los ocupantes de los inmmebles gravados a favor de aquél sólo se refiere a sus dendores y a los que de ellos tengan el bien, pero no a los tereeros poseedores.
RANCO HIPOTECARIO NACIONAL: Privilegios.
Ni el art. 75 de la ley N° 8172 ni otro alguno impide al poseedor actual el ejercicio de las acciones posesorias conY tra el Baneo Hipotecario Nacional.
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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:580
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