DIRECCION GENERAL DE FERROCARRILES
v. FERROCARRIL OESTE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Sentencia definitiva, É
La resolución que desestima el recurso de nulidad interpuesto contra el fallo de primera instancia no tiene el carácter de sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley N° 48, por lo que no es susceptible del recurso extraordinario.
ANTECEDENTES
La Dirección General de Ferrocarriles inició juicio de apremio contra el Ferrocarril Qeste de la Provineia de Buenos Aires, por eobro de multas, en virtud de lo establecido en el art. 71, ine, 15, de la ley N' 2873.
La empresa demandada opuso las excepciones de falsedad de tCulo, falta de personería e improcedencia de la vía de apremio, sin desconocer la facultad legal de la aetora para aplicar multas.
El juez federal, doctor Emilio L. González, entendiendo que la actora carecía de personería para actuar en juicio resolvió, por senteneia de fs, 48, revocar el auto de apremio.
El apoderado de la Dirección General de Ferrocarriles interpuso el recurso de nulidad y la Cómara Federal lo desestimó por sentencia de fs. 65. fundada en que el reeurrente omitió exponer la causa de la nulidad al interponer el recurso.
Contra esa decisión, la actora dedujo el recurso extraordinario, fundada en que la Direeción tiene faeultades para estar en juicio en virtud de lo dispuesto en la ley No 2873 y en los deeretos del Poder Ejecutivo de enero 23 de 1899 y agosto 12 de 1927.
DiCramMEN DEL. Procuranor GENERAL Suprema Corte:
La oportunidad y forma en que aparece planteado el presente recurso extraordinario, referible a lo resuelto en la sentencia de primera instancia de fs. 55,
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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:34
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