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Fallos: 187:29 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 29 RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal, Casos, Antorídad nacional.

La invalidación de los derechos reconocidos en fallos de los tribunales nacionales, por sentencias que tengan earácter definitivo o puedan ocasionar un ¿gravamen irreparable, antoriza la procedencia del recurso extraordinario, RECURSO EXTRAORDINARIO: Sentencia definitiva.

No es definitiva la sentencia que se limita a declarar la nulidad de lo actuado, sin poner fin a la cansa ni impedir que se lo tramite hasta su terminación, RECURSO EXTRAORDINARIO: Cnestión federol. Casos. Autovidades nucionales, No procede el recnrso extraordinario contra la senteneña que, además de no ser definitiva ni ocasionar gravamen irreparable, no desconoce el valor ni la efiencia del fallo dictado por la justicia nacional, DicramEs DEL Proconanor GENERAL Suprema Corte:

En un litigio anterior ( 142:27 ), promovido por don Junu Carlgs Milbere contra don Antonio López Agrelo y afros, sobre reivindicación, V. E. dictó fallo el 22 de diciembre de 1924, condenando a los demanda- , dos a restituir al actor las tierras reclamadas. La Corte conoció originariamente, por haber sido citada de evicción la Provincia de Santa Fe, si bien esta última dejó en manos de los demandados la defensa, reserván dose el derecho de intervenir directamente cuando lo juzgara necesario.

El cumplimiento de esa sentencia, no fué pedido a V. E, sino a la justicia ordinaria de Santa Fe, bien que interviniera asimismo la Provincia, nuevamente eita

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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:29 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-187/pagina-29

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