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Fallos: 186:511 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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ma mantener en suspenso el pronunciamiento relativo a la multa aplicada en septiembre de 1937 está al margen de la ley, desde que ésta no autoriza al gerente general que la ha dietado, ni a la Dirección General del Impuesto a los Róditos, a mantener en suspenso un promuneiamiento puesto que ello equivale a denegar el rerurso, En su mérito y oído el señor Procurador General =e revoca la sentencia de fs. 54 en cuanto confirma la de primera instancia que declara improcedente la demanda, en el sentido de que no corresponde darle curso.

Notifíquese, repóngase el papel y oportunamente devnélvanse.

Ronerto Rererro — Luis Linanes — B, A, Nazar AncHoRENA F. Ramos Mesía.

JUAN VARNI yv. NACION «A ¡GENTINA PENSIONES: Policia y Romberos, El agente de policía inutilizado para seguir desempeñande sus funciones a consecuencia de un accidente sufrido al descender de un vehículo para tomar servicio enla comisaría respectiva, tiene Jerecho al beneficio establecico en la ley 4.235.


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, 3 de abril de 1940, Y Vistos:

Estos autos caratulados "Varni Juan contra Gobierno de la Nación, sobre pensión", para decidir acerca del reeurso de o concedido a fs, 42 contra la sentencia definitiva de s, 40, y Considerando :

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Año: 1940, CSJN Fallos: 186:511 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-186/pagina-511

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