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Fallos: 186:510 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, mayo 8 de 1940.

Y Vistos: Los del recurso de hecho deducido por Augel J. Spotorno contra la sentencia de la Cámara Federal de la Capital en la cansa que sigue al Fisco Nacional sobre multa ; Considerando:

Que la procedencia del recurso háse decidido por sentencia de fs. 68.

Y en cuanto al fondo de la cuestión :

LL Que dictada la resolución condenatoria cuya copia corre a fs. 25 vía. que impuso a Spotorno la multa de $ 23.264,10 mín, en 28 de septiembre de 1937, el actor dedujo el recurso edivinistrativo de reconsideración, euya copia corre a fs. 27, la que fué resuelta en marzo de 1939, declarando "mantener en suspenso el pronanciamiento relativo a la multa recurrida".

Que como se ve, la resolución últimamente citada, vi mantiene ni revoca la primera resolución, no obstante haber transcurrido un año y eineo meses aproximadamente desde que aplicó la multa.

HI. Que el art. 17, inc. d) de la ley 12.151 (42, ine.

d) del texto ordenado) autoriza a interponer demanda contenciosa contra el Fisco Nacional, ante el Juez Federal o letrado respectivo, siempre que se cuestione una suma mayor de cien pesos m[n, en los ensos de no resolverse administrativamente los recursos de oposición y de reconsideración dentro de los plazos que establece la ley (30 días, art. 1° ley 12.151 y art. 37 del texto ordenado).

HI. Que la resolución de marzo de 1939 que orde

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Año: 1940, CSJN Fallos: 186:510 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-186/pagina-510

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