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Fallos: 186:515 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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La Cámara Federal confirmó esa resolución, de acuerdo a lo que ese tribunal resolvió en los casos de Antonio Banegas y José Lamarra, fallados el 10 de marzo de 1937 y el 29 de mayo de 1939.


DICTAMEN DEL ProcuraDOR GENERAL
Suprema Corte:

Procede en este caso el recurso extraordinario de apelación por haberse puesto en tela de juicio la interpretación del art. 39 de la ley nacional N° 10.650 y ser In sentencia definitiva contraria al derecho invoendo por la recurrente.

En cuanto al fondo del asunto, se trata de resolver si la madre de un empleado ferroviario fallecido concurre con un hijo natural del mismo en el goce de la pensión concedida o si, por el contrario, la existencia del hia determina la exclusión de aquélla.

A mi juicio, la interpretación del citado artículo 39 no ofrece dudas. En su inciso 2" alude a los hijos sin distingo algunno entre legítimos y naturales, siendo de advertir por lo demás que el derecho de estos últimos se halla expresamente , reconocido en la parte final del mismo.

Pienso, pues, que corresponde confirmar la sentencia apelada de fs. 48 en cuanto ha podido ser materia del recurso. — Buenos Aires, abril 22 de 1940. — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, mayo 13 de 1940.

Y Vistos: Por sus fundamentos y los del prece«ente dictamen del señor Procurador General, se con

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Año: 1940, CSJN Fallos: 186:515 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-186/pagina-515

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