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Fallos: 182:93 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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ya mencionado, con la ubicación ue muestra el plano N° 9 acompañado, Que por la importaneia que tiene en el caso, acompaña hajo la letra A, copia textual de la diligencia de toma de posesión y mensura de 20 de junio de 1773 respecto de 4.500 varas de frente por todo el fondo.

Doña Tomasa mantuvo su posesión hasta el falloci miento y dispuso también de parte de su propiedad enajenando pequeñas frueciones desdo 1798 a 1800 en el pueblo de La Ensenada a distintas personas. Lu posesión de doña Tomasa fué contimada «iespués de su muerte por su hija María Elena Sosa y sucesores de ésta; aquélla en 1816 se encontraba en posesión, La ulterior a partir de aquella fecha se encuentra nereditada en diligencias de mensura, expedientes sueesorios y en el juicio contencioso administrativo promovido con motivo de Jas ventas que el Municipio de La Ensenada ordenó en 1875, atribuyéndose la propiedad de los terrenos del pueblo.

Que después de 1760 desaparece la familia de Barragán que dió nombre a °sn Zona y es en parte snbstituida por Ia de López Osornio. Éstos, a su vez, con el traseurso de los años y los acontecimientos políticos de la revolución, de la anarquía y de la tiranía, se dispersaron y fueron pocos los que quedaron en La Ensenada, siendo en su gran mayoría deseendientes de la rama de don Pasenal López Osornio, El ensamiento de doña Bernardina Arroyo, nieta de doña Tomasa López Osornio, con el doetor Domingo (García y su ulterior radicación en Tucumán, fué otra enusa del alejamiento de los miembros de la familin entre sí.

Que de acuerdo con el acta de posesión de 30 de junio de 1773 designada con la letra A, la mensura del Piloto Ayustín de Urreta ubicó a doña Tomasa 4.500 varas de frente a las mercedes de suertes principales,

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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:93 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-182/pagina-93

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