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Fallos: 182:550 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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ficio (trabajo hecho para el eentenario del año 1810) ..... $ 60.000.— 10. Decoración de figuras: por 24 estatuas decorativas en el hall central del edificio . ...... » 60.000.— 11. Devolución del 10 de garantía retenido sobre cada uno de —los certificados I al VII... » 211,632.14 Importe total de los trabajos inclusive toda la escultura según certificados y según la ejeentado . ....e.eoeceeccs.. y 2:466 .190.41 A deducir por lo cobrado por los certificados 1 al VIII... , 1.351.639.39 12, Importe de los trabajos adeudados en diciembre 3 de 1914. . , 1.134.551.02 B. El cobro de intereses sobre las obras ejecutadas y no pagadas y el importe de las devoluciones del 10 5 de garantía retenido desde diciembre 31 de 1914 seis años al 6 de acuerdo al art. 64 de la ley N" 775, o sean $ 442.474.853 min).

€. La devolución del depósito de garantía en títulos existentes en el Baueo de la Nación por valor de $ 143.500 ojs. o sean $ 326.136.36 min.

D. El cobro de los daños y perjuicios ocasionados a la empresa con la rescisión del contrato decretada por el Poder Ejecutivo: $ 1,694,000.

En la sentencia de primera instancia se resolvió que la Nación debía entregar a la empresa: a) la suma de $ 398.866,65 min., por las obras efectuadas (puntos 1 a 6 de la planilla de fs. 37); b) la suma de pesos 211,632.14 min, en concepto del diez por ciento rete.

nido; e) los intereses sobre las dos sumas premencionadas desde la fecha en que la sentencia quede ejecu

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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:550 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-182/pagina-550

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