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Fallos: 180:124 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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Que, por otra parte, como también lo hace notar el señor Procurador General en su dictamen y lo ha declarado esta Corte respecto a la ley de papel sellado Fallos: 179, 348), el recurso es improcedente por cuanto los impuestos de cuyo pago pretenden eximirse los apelantes tienen carácter local, por tratarse de uctuaciones ante los tribmales y oficinas del fuero ordinario, En su mérito, declárase mal concedido el recurso extraordinario, Hágase saber, rep. el papel y devuélvanse.

AntoxIo Sananxa — Lvis Lr ares — B. A. Nazan AxCHORENA.

RECURSO EXTRAORDINARIO: IMPROCEDENCIA —
LEYES COMUNES — REGLAMENTO GENERAL DE
FERROCARRILES,
Sumario: 19 No procede el recurso extraordinario contra la sentencia que, aermelado el Código Civil, en el cual también se funda el apelante, declara inaplicable el art.

351 del Reglamento General de Ferrocarriles, a una situación anterior al decreto que rectificó la redacción de " E Tampoco procede el recurso extraordinario contra la sentencia que resuelve materias regidas por el derecho común, como la referente al transporte de mercaderías por ferrocarril.

Juicio: Méndez Hnos. y Cía. v. F. C. O. s. eobro de pesos, Caso: 19 Méndez nos, y Cía. demandaron al F. C. O. por devolución de fletes proporcional al retardo sufrido en el transporte de hacienda consignada a ellos, conforme a los arts. 349 y 951 A. del Reglamento General de Ferrocarriles, así como por indemnización de los daños y perjuicios ocasionados a los animales durante el transporte,

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:124 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-124

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