cordantes del Civil, artículo 5, De la preferencia de los créditos, y los fundamentos de la sentencia apelada, y debo pedir, por lo tanto, como pido, su confirmacion con costas.
€. Tejedor.
Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Noviembre 23 de 1876.
Vistos: por sus fundamentos, y de conformidad con lo espuesto y pedido por el señor Procurador General en su precedente vista, se confirma con costas el auto apelado de foja ciento cuarenta, satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse los autos.
JOSÉ BARROS PAZOS. — J. B. GOROSTIAGA.
—d. DOMINGUEZ. — S. M. LASPIUR.
— e —
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Año: 1876, CSJN Fallos: 18:284
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