CAUSA CXLV.
El Fisco Nacional contra el Banco Argentino, por cobro ejecutivo de pesos.
Sumario.—41° Las esperas en lo comercia! son una de las formas del concordato.
2" Para que los acreedores privilegiados queden sujetos al al concordato, es menester que hayan participado en las deliberaciones de los otros acreedores.
3" El Fisco por sus créditos no tiene obligacion de entrar en concurso ni sufrir moratorias.
Caso. —El Procurador Fiscal de la Seccion de Santa-Fé inició una ejecucion contra el Banco Argentino por el valor de una letra de 6,518 $ fts. 64 cent. .
En la citacion de remate, D. Joaquin de Quintanilla por el Banco se opuso á la ejecucion diciendo que el Banco habia obtenido moratorias ante el Juzgado de Comercio, y que no tratándose de crédito procedente de hipoteca, prenda, derecho real ú otro de los comprendidos en el artículo 4744 del Código de Comercio, debia mandarse, y pedia se mandara suspender la ejecucion.
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Año: 1876, CSJN Fallos: 18:281
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