do la ley de procedimientos N° 50, euyo título VI admite tanto la inhibitoria como la declinatoria, En su mérito y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara que el señor Juez de Jujuy debe dar el trámite que corresponde al exhorto requiriéndole se inhiba de seguir conociendo en las actuaciones promovidas por don Alberto Picchetti y el que le fué dirigido por el señor Juez de la ciudad de Mercedes. Devuélvanse los expedientes remitidos an esta Corte a los respectivos jueces transcribiéndose en ambos la presente resolución. Repóngase el papel.
Roserro Rererro — ANTONIO Sacarxa — Luis Linares — B. A. Nazar AxCHORENA — Juan B. Terás.
INCONSTITUCIONALIDAD — LEY PROVINCIAL SOBRE
DERECHO PENAL — PRESCRIPCION DE LA AC.
CION PENAL.
Sumario: 1 La jurisdicción de las provincias se halla limitada a a apicación ión de e comunes — cosas o las personas sus respectivas MT TO: Tome aire Ja ley de fondo cualquiera sea el propósito de su legi 2" El art, 936 del Código de Procedimientos Penales de la Provincia de Entre Ríos es inconstitucional, por establecer una causa de extinción de la acción que no está prevista en el Código Penal.
Juicio: Mustazzi César y Regino Cabrera, homicidio, Caso: Resulta de las piezas siguientes:
Compartir
116Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1937, CSJN Fallos: 178:31
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-178/pagina-31
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 178 en el número: 31 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos