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Fallos: 174:91 de la CSJN Argentina - Año: 1936

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Doña Vicenta Iturralde de Gonzúlez y otros contra la Provincia de Buenos dlires, sobre interdicto de recobrar ia posesió:.

Sumario: Demostrada plenamente la quieta y pacifica posesión desde mucho tiempo antes de los hechos producidos con empleo de la fuerza pública, procede el interdicto de recobrar, pues en este juicio no cabe la discusión del título.

Caso: Lo explica la pieza siguiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 22 de 1935.

Y Vistos:

Doña Vicenta Iturralde de González, doña Josefa Iturralde y don Eduardo B. Delfino, comparecen ante esta Corte promoviendo intedicto de recobrar la posesión de unas fracciones de tierra, contra la provincia de Buenos Aires, y exponen: Que don José de la Quintana recibió una merced de tierras en el año 1819 del Directorio de estas provincias, la que fué ratificada en los años 1825, 1830 y 1834, cuya extensión era de nueve leguas cuadradas. Sucedieron al señor de la Quintana sus hijos Eladio y Luciano, quienes vendieron parte de esas tierras al señor Francisco B. Madero el 19 de Octubre de 1853, habiendo éste enaj=nado en Buenos Aires, a don Pedro Iturralde el 9 de Mayo de 1855, una fracción del mencionado campo.

Que el título de dicha fracción establece que se trata de un campo sito en el paraje Kaquel, partido del Vecino, de una superficie de legua y media cuadrada, lindando al N. O. con José M. Pizarro y Fernando Centurión, por el S. E. y S. O. con el

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Año: 1936, CSJN Fallos: 174:91 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-174/pagina-91

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