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Fallos: 172:318 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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Sociedad Anónima "Transportes Argentinos" contra Bartolome Mayola, por lesiones a Sebastión Boggino. Contienda úl:

competencia, Sumario: La responsabilidad civil de una empresa de ómnibus no puede ser determinada sino por el Juez Civil en el caso, y no por el de orden criminal que conoce en el proceso formado contra el conductor del vehículo que motivó el accider nte.

Cuso: Lo explican las piezas siguientes ;
AUTO DE PRIMERA INSTANCIA
Rosario, Agosto 9 de 1994.

Y Vistos:

La cuestión de competencia por inhibitoria promovida por la sociedad anónima Transportes Argentinos, y Considerando :

Primero: Que según consta en el informe agregado a fs.

11 via, en el Juzgado del Crimen de la 2° nominación de los tri.

hunales ordinarios de Rosario se tramita un proceso contra Bartolomé Mayola por lesiones a Sebastián Boggino, con motivo de n accidente de tráfico ocurrido en esta ciudad el 25 de Enero "lel corriente año, siendo el causante del mismo un ómnibus de propiedad de Transportes Argentinos, conducido por el nombrado Mayvla. Que la víctima del accidente ha asumido en la re ferida causa el rol de querellante y ha iniciado simultáneamente acción civil por daños y perjuicios contra la nombrada sociedad «nt el mismo Juzgado donde se radica el proceso criminal.

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Año: 1935, CSJN Fallos: 172:318 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-172/pagina-318

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