Por estas consideraciones y sin perjuicio del reclamo que este último pueda formular ante quien corresponda, se revoca la resolución apelada en cuanto ha podido ser materia del presente recurso extraordinario.
Hagase saber y devuélvase.
Romero Reverro. — JULIÁN V.
Pena, — Luis LINARES.
Don Corlos Eustaquio Velloca y otros contra el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sobre nulidad de hipoteca. Contienda de competencia, Sumario: El fuero federal por razón de distinta vecindad. eprorroyable por voluntad de partes, y es entonces la justicia ordinaria la que debe decidir si el contrato de hipoteca:
que se ataca es nulo, toda vez que el instrumento del convenio aparece concluido con las formilidades de ley y debe ser considerado válido mientras judicialmente no sea declarado lo contrario, Caso: Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA DES JUEZ FEDERAL
La Plata, Septiembre 29 de 1923.
Y Vistos; Considerando :
1" Que según la cláusula décima sexta del contrato de préstamo hipotecario, las partes convinieron la jurisdicción de los
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Año: 1934, CSJN Fallos: 170:304
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