En ocho del mismo, la Corte Suprema por los fundamentos del caso que se registra en el tomo 160 pág. 417 de la colección de Fallos del Tribunal, confirmó la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación de la Capital, la que confirmó a su vez, la dictada por el Juez Federal que absolvió a) Gobierno Nacional de la demanda que, por reconocimiento de gtado y cobro de sueldos le promovió el ex-Oficial de la Marina de Guerra, don Miguel Rodriguez.
En la contienda de competencia trabada entre el Juez Federal de San Juan y el del Crimen de la Justicia ordinaria de Ja misma, para conocer en el sumario instruido con motivo de la clausura de la Broadcasting E. V. 1, de propiedad de la Sociedad Anónima Bodegas y Viñedos Graffigna, la Corte Suprema con fecha 8 de Febrero de 1934, por los fundamentos del dictamen del Procurador General y de acuerdo con lo dispuesto en los incisos 3 y 4 del articulo 23 del Cód. de Procs. en lo Criminal y 1 y 5 de la ley N° 4408, declaró que el conocimiento de la enisa correspordia al señor Juez Federal.
En la contienda de competencia negativa suscitada entre el señor Juez Federal de la Capital y otro de Instrucción en lo Criminal de la misma por conocer en el sumario por substracción de billetes de lotería cometida en dependencias del Correo, la Corte Suprema con fecha 8 de Febrero de 1934, de conformidad con lo dictaminado por el Procurador General, y lo dispuesto por el artículo 36 del Código de Procedimientos en lo Criminal, declaró «ue el señor Juez Federal era quien debía seguir entendiendo en el referido sumario, En la contienda de competencia por inhibitoria tralada en
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Año: 1934, CSJN Fallos: 170:198
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